martes, 29 de marzo de 2011

Bloque II ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS

Tema 2: Estructura del Sistema Educativo español. Legislación que regula en España la Organización y Gestión del Centro Escolar.

LEY ORGÁNICA DE
EDUCACIÓN (LOE)
(índice general)

Preámbulo
TÍTULO PRELIMINAR

CAPÍTULO I - Principios y fines de la educación
Artículo 1. Principios
Artículo 2. Fines


CAPÍTULO II - La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida
Artículo 3. Las enseñanzas
Artículo 4. La enseñanza básica
Artículo 5. El aprendizaje a lo largo de la vida

CAPÍTULO III - Currículo
Artículo 6. Currículo
CAPÍTULO IV - Cooperación entre Administraciones educativas
Artículo 7. Concertación de políticas educativas
Artículo 8. Cooperación entre Administraciones
Artículo 9. Programas de cooperación territorial
Artículo 10. Difusión de información
Artículo 11. Oferta y recursos educativos



TÍTULO I - Las Enseñanzas y su Ordenación

CAPÍTULO I - Educación infantil
Artículo 12. Principios generales 
(Atiende a niños y niñas de 0-6 años, es de carácter voluntario y está en cooperación con los padres) 

Artículo 13. Objetivos 
(Contribuye al desarrollo de los niños, atendiendo a su cuerpo, su entorno, autonomía, capacidades afectivas, relaciones, comunicación e inicio de las matemáticas y escritura). 

Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos.
(Dividido en dos ciclos: 0-3 y 3-6, de caracteres educativos recogidos por los centros en una propuesta pedagógica, que atiendan tanto al desarrollo afectivo, sicomotriz e intelectual como al corporal o de entorno. Los contenidos están organizados en distintas áreas. El inicio a la lengua extranjera corresponde a las Administraciones educativas. Los métodos de trabajo en esta área son prácticos, basados en la experiencia como el juego). 

Artículo 15. Oferta de plazas y gratuidad 
(Las encargadas de promover el aumento de plazas son las Administraciones educativas públicas y harán un papel coordinador entre las distintas Administraciones.
Los centros pueden elegir entre ofrecer el primer ciclo, el segundo o ambos.
El segundo ciclo de infantil es gratuito). 


CAPÍTULO II - Educación primaria
Artículo 16. Principios generales.
(Su finalidad es proporcionar una educación para su desarrollo personal, además de unas habilidades y conocimientos básicos). 

Artículo 17. Objetivos de la educación primaria 
(La educación primaria debe ayudar al desarrollo en los niños de valores, normas, hábitos de trabajo, esfuerzo, métodos de resolución de conflictos, respeto, conocimiento del propio idioma, lengua extranjera y habilidades matemáticas, el entorno, las tecnologías, la higiene y las capacidades afectivas entre otras). 

Artículo 18. Organización 
(La educación primaria está dividida en tres ciclos de dos cursos cada uno, organizados en distintas áreas: 
Conocimiento del medio natural, social y cultural.
Educación artística.
Educación física.
Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura.
Lengua extranjera.
Matemáticas.
En el tercer ciclo se añade la educación para la ciudadanía y es posible que una segunda lengua extranjera.
Toda la etapa estará orientada por la acción tutorial). 

Artículo 19. Principios pedagógicos.
(La diversidad es un tema muy trabajado en esta etapa. Se debe dedicar un tiempo específicamente a la lectura.
La comunicación se trabaja en todas las áreas, ya sea oral escrita o otras).

 Artículo 20. Evaluación 
(Se debe llevar a cabo una evaluación continua. El alumnado avanza hacia el siguiente ciclo cuando ha logrado el nivel básico del que se encuentra, en caso contrario puede permanecer otro año en este, esto solo es posible una vez a lo largo de toda la primaria.
 Al finalizar cada etapa, el alumno dispondrá de un informe sobre su aprendizaje).

 Artículo 21. Evaluación de diagnóstico.
 (Al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria todos los centros deben  realizar una evaluación de las competencias básicas alcanzadas por los alumnos).








CAPÍTULO III - Educación secundaria obligatoria
Artículo 22. Principios generales
Artículo 23. Objetivos
Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y tercero
Artículo 25. Organización del cuarto curso
Artículo 26. Principios pedagógicos
Artículo 27. Programas de diversificación curricular
Artículo 28. Evaluación y promoción
Artículo 29. Evaluación de diagnóstico
Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial
Artículo 31. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

CAPÍTULO IV - Bachillerato
Artículo 32. Principios generales
Artículo 33. Objetivos
Artículo 34. Organización
Artículo 35. Principios pedagógicos
Artículo 36. Evaluación y promoción
Artículo 37. Título de Bachiller
Artículo 38. Prueba de acceso a la universidad


CAPÍTULO V - Formación profesional
Artículo 39. Principios generales
Artículo 40. Objetivos
Artículo 41. Condiciones de acceso
Artículo 42. Contenido y organización de la oferta.
Artículo 43. Evaluación
Artículo 44. Títulos y convalidaciones

CAPÍTULO VI - Enseñanzas artísticas
Artículo 45. Principios
Artículo 46. Ordenación de las enseñanzas
Artículo 47. Correspondencia con otras enseñanzas
Sección primera. Enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza
Artículo 48. Organización
Artículo 49. Acceso
Artículo 50. Titulaciones  
Sección segunda. Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
Artículo 51. Organización
Artículo 52. Requisitos de acceso
Artículo 53. Titulaciones
Sección tercera. Enseñanzas artísticas superiores
Artículo 54. Estudios superiores de música y de danza
Artículo 55. Enseñanzas de arte dramático
Artículo 56. Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales
Artículo 57. Estudios superiores de artes plásticas y diseño
Artículo 58. Organización de las enseñanzas artísticas superiores


CAPÍTULO VII - Enseñanzas de idiomas
Artículo 59. Organización
Artículo 60. Escuelas oficiales de idiomas
Artículo 61. Certificados
Artículo 62. Correspondencia con otras enseñanzas


CAPÍTULO VIII - Enseñanzas deportivas
Artículo 63. Principios generales
Artículo 64. Organización
Artículo 65. Titulaciones y convalidaciones

CAPÍTULO IX - Educación de personas adultas
Artículo 66. Objetivos y principios
Artículo 67. Organización
Artículo 68. Enseñanza básica
Artículo 69. Enseñanzas post-obligatorias
Artículo 70. Centros


TÍTULO II - Equidad en la Educación

CAPÍTULO I - Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
Artículo 71. Principios
Artículo 72. Recursos
Sección primera. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales
Artículo 73. Ámbito
Artículo 74. Escolarización
Artículo 75. Integración social y laboral
Sección segunda. Alumnado con altas capacidades intelectuales
Artículo 76. Ámbito
Artículo 77. Escolarización Sección tercera. Alumnos con integración tardía en el sistema educativo español  
Artículo 78. Escolarización
Artículo 79. Programas específicos


CAPÍTULO II - Compensación de las desigualdades en educación
Artículo 80. Principios
Artículo 81. Escolarización
Artículo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural
Artículo 83. Becas y ayudas al estudio


CAPÍTULO III - Escolarización en centros públicos y privados concertados
Artículo 84. Admisión de alumnos
Artículo 85. Condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas post-obligatorias
Artículo 86. Igualdad en la aplicación de las normas de admisión
Artículo 87. Equilibrio en la admisión de alumnos
Artículo 88. Garantías de gratuidad

CAPÍTULO IV - Premios, concursos y reconocimientos
Artículo 89. Premios y concursos
Artículo 90. Reconocimientos

TÍTULO III - Profesorado

CAPÍTULO I - Funciones del profesorado
Artículo 91. Funciones del profesorado

CAPÍTULO II - Profesorado de las distintas enseñanzas
Artículo 92. Profesorado de educación infantil
(La atención educativa directa a los niños en el primer y segundo ciclo de educación infantil correrá a cargo de personas con el título de Maestro especializados en educación infantil o con el título de Grado equivalente)
Artículo 93. Profesorado de educación primaria
Artículo 94. Profesorado de educación secundaria obligatoria y de bachillerato
Artículo 95. Profesorado de formación profesional
Artículo 96. Profesorado de enseñanzas artísticas
Artículo 97. Profesorado de enseñanzas de idiomas
Artículo 98. Profesorado de enseñanzas deportivas
Artículo 99. Profesorado de educación de personas adultas


CAPÍTULO III - Formación del profesorado
Artículo 100. Formación inicial
Artículo 101. Incorporación a la docencia en centros públicos
Artículo 102. Formación permanente
Artículo 103. Formación permanente del profesorado de centros públicos


CAPÍTULO IV - Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado
Artículo 104. Reconocimiento y apoyo al profesorado
Artículo 105. Medidas para el profesorado de centros públicos
Artículo 106. Evaluación de la función pública docente


TÍTULO IV - Centros docentes

CAPÍTULO I  - Principios generales
Artículo 107. Régimen jurídico
Artículo 108. Clasificación de los centros
Artículo 109. Programación de la red de centros
Artículo 110. Accesibilidad

CAPÍTULO II - Centros públicos
Artículo 111. Denominación de los centros públicos
Artículo 112. Medios materiales y humanos
Artículo 113. Bibliotecas escolares

CAPÍTULO III - Centros privados
Artículo 114. Denominación
Artículo 115. Carácter propio de los centros privados


CAPÍTULO IV - Centros privados concertados
Artículo 116. Conciertos
Artículo 117. Módulos de concierto


TÍTULO V - Participación, autonomía y gobierno de los centros

CAPÍTULO I - Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros
Artículo 118. Principios generales
Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados

CAPÍTULO II - Autonomía de los centros
Artículo 120. Disposiciones generales
Artículo 121. Proyecto educativo
Artículo 122. Recursos
Artículo 123. Proyecto de gestión de los centros públicos
Artículo 124. Normas de organización y funcionamiento
Artículo 125. Programación general anual

CAPÍTULO III - Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos
Sección primera. Consejo Escolar
Artículo 126. Composición del Consejo Escolar
Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar

Sección segunda. Claustro de profesores
Artículo 128. Composición
Artículo 129. Competencias

Sección tercera. Otros órganos de coordinación docente
Artículo 130. Órganos de coordinación docente

CAPÍTULO IV - Dirección de los centros públicos
Artículo 131. El equipo directivo
Artículo 132. Competencias del director
Artículo 133. Selección del director
Artículo 134. Requisitos para ser candidato a director
Artículo 135. Procedimiento de selección
Artículo 136. Nombramiento
Artículo 137. Nombramiento con carácter extraordinario
Artículo 138. Cese del director
Artículo 139. Reconocimiento de la función directiva


TÍTULO VI - Evaluación del sistema educativo
Artículo 140. Finalidad de la evaluación
Artículo 141. Ámbito de la evaluación
Artículo 142. Organismos responsables de la evaluación
Artículo 143. Evaluación general del sistema educativo
Artículo 144. Evaluaciones generales de diagnóstico
Artículo 145. Evaluación de los centros
Artículo 146. Evaluación de la función directiva
Artículo 147. Difusión del resultado de las evaluaciones

TÍTULO  VII - Inspección del sistema educativo
Artículo 148. Inspección del sistema educativo

CAPÍTULO I - Alta Inspección
Artículo 149. Ámbito
Artículo 150. Competencias

CAPÍTULO II - Inspección educativa
Artículo 151. Funciones de la inspección educativa
Artículo 152. Inspectores de Educación
Artículo 153. Atribuciones de los inspectores
Artículo 154. Organización de la inspección educativa


TÍTULO VIII - Recursos económicos
Artículo 155. Recursos para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley
Artículo 156. Informe anual sobre el gasto público en la educación
Artículo 157. Recursos para la mejora de los aprendizajes y apoyo al profesorado
 
Disposiciones adicionales
Disposiciones transitorias
Disposición derogatoria única
Disposiciones finales



ARTÍCULO A FAVOR DE LA L.O.E

La tasa de fracaso escolar cae siete puntos en dos años

EL PAÍS - Sevilla - 31/03/2011
La tasa de fracaso escolar en Andalucía se redujo en 6,9 puntos en dos años, según informó ayer en Granada el secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera.
Esta tasa, que suele manejar el Ministerio de Educación, se emplea para designar el porcentaje de jóvenes que no finaliza con éxito la Educación Secundaria Obligatoria a la edad prevista, es decir, a los 16 o 17 años. Andalucía pasó de una tasa de fracaso escolar del 34,2 % en el curso 2006-2007 a otra del 27,3% durante el curso 2008-2009, lo que supone una reducción de casi siete puntos, según los últimos datos de los que dispone el Ministerio de Educación.
En el resto del país el descenso en estos dos últimos años fue de 4,7 puntos, según resaltó ayer Bedera en unas declaraciones recogidas por Efe. En España se pasó de una tasa de fracaso del 30,7% en 2006-2007 al 26 % del curso 2009-2010.
Los datos los ofreció Bedera ayer durante la clausura del congreso Liderazgo y éxito escolar, que ha reunido estos días en Granada a 400 directores de centros públicos españoles.
El secretario de Estado atribuyó este descenso al "impulso" que se le ha dado a la Ley Orgánica de Educación (LOE), con una memoria económica que permite el desarrollo de planes específicos de cooperación con las comunidades autónomas y la puesta en marcha de programas relacionados con el esfuerzo escolar que "empiezan a dar sus resultados".

COMENTARIO:

El texto propuesto por el periódico El País presenta algunos datos sobre el descenso del fracaso escolar recogidos por Mario Bedera, secretario de Estado de Educación y Formación Profesional a favor de la LOE, quién hace especial referencia a la comunidad de Andalucía.
Así mismo también nos indica un descenso en el resto del país en los últimos dos años.
Bedera, atribuye esta mejora a la nueva Ley Orgánica de Educación en la cual tiene una gran esperanza y dice ver que la ley ya empieza a resultar.
De éste texto, al ser mayoritariamente datos numéricos, no da pié a mucha más reflexión, simplemente es un ejemplo de que no todo el mundo tiene la misma opinión a cerca de la L.O.E y dependiendo de el artículo que se lea se verá una visión diferente a cerca de esta ley.


ARTÍCULO EN CONTRA DE LA L.O.E

Las asociaciones contra la LOE creen que sigue siendo 'deficiente' tras los 'parches' del Gobierno
ELMUNDO.ES
Martes 29/11/2005 21:33
MADRID.- Las organizaciones que convocaron la manifestación del día 12 contra la LOE han criticado que los cambios introducidos en el Congreso se deben a una "política de parches" y "mantienen la base pedagógica de la LOGSE". La Federación Española de Religiosos de la Enseñanza y la Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza están "razonablemente satisfechas".
Firman el documento el sindicato USO, la Confederación Española de Centros de Enseñanza, las asociaciones de padres Concapa y Cofapa, el Foro Español de la Familia, la Asociación de Profesores de Secundaria y las asociaciones de estudiantes CES y CODE.
Esta plataforma ha preferido no valorar las modificaciones introducidas en la ley a favor de sus reivindicaciones originales, como la fijación de enseñanzas mínimas comunes o la reducción de suspensos para poder pasar de curso.
En la rueda de prensa dada por estas asociaciones esta mañana no han hecho valoración alguna sobre la fijación de enseñanzas mínimas comunes por entender que este punto "ha quedado bien" en la nueva ley, según fuentes de la plataforma.
Las asociaciones no han criticado que se pueda pasar de curso con dos o tres suspensos, pero rechazan la falta de concreción y la ambigüedad que, a su juicio, deja la ley para determinar en qué casos puede pasarse con tres y en cuáles no. Según ha denunciado José Luis Fernández, secretario general de USO, la ley "deja abierta la puerta a las asignaturas 'maría'" porque, si el claustro de profesores decide que un alumno pase con tres asignaturas suspendidas, se estará fomentando que una de ellas tenga menos peso.
También critican que no se aclare el carácter jurídico de la asignatura de Religión y que "sigue sin respetar el derecho constitucional de los padres a decidir el tipo de educación que quieren para sus hijos conforme a sus criterios morales y religiosos".
Aseguran, por otro lado, que la ley sigue sin respetar el derecho a la libertad de elección de centro, pese a que la redacción del articulado lo garantiza, porque las comisiones de escolarización siguen teniendo esta potestad.
El mensaje principal de estas asociaciones es que la nueva ley "mantiene la base pedagógica de la LOGSE" y "sigue abriendo la puerta a la inestabilidad del sistema". Por ejemplo, dicen que, si hay un cambio de Gobierno, podemos encontrarnos de nuevo en la misma situación que ahora.
Por ello, critican que el Ejecutivo no haya alcanzado un Pacto de Estado en materia de Educación y denuncian su "escasa voluntad". Admiten que el presidente del Gobierno y el PSOE han rectificado, pero sólo "a medias", poniendo "parches"; y aseguran que "los cambios de última hora han sido consecuencia del clamor popular de padres, profesores, centros y alumnos" en la movilización social del 12-N.

COMENTARIO:
El artículo anterior declara la poca conformidad que generó la Ley Orgánica de Educación tanto en las organizaciones educativas como en la opinión popular.
El artículo critica que con los medios propuestos por dicha ley, se estimule la idea de asignaturas “maría” y por lo tanto unas tengan más peso que otras, dando la posibilidad al alumno de pasar de curso con tres de estas suspensas.
También es señalada la disconformidad hacia la asignatura de Religión al no aclarar su carácter jurídico.
Otro punto que también se debe destacar del artículo es que a pesar de lo estipulado por la ley, el derecho de libertad de elección de centro no exista, ya que según el escrito queda en manos de las comisiones de escolarización.
Para concluir, debo señalar que la noticia observa que la L.O.E mantiene la misma base pedagógica que la anterior ley (LOGSE), pero con algunos cambios o “parches”, y que esto solo llevará a la inestabilidad y al posible cambio del sistema educativo con la llegada de un nuevo gobierno.




La imagen anterior es un ejemplo de la idea que tienen muchas personas a cerca de esta nueva ley: Ley Orgánica de Educación.
En la imagen, se da a entender que ni los propios políticos que han dado vida a la nueva ley creen en ella e incluso se avergüenzan de esta, pues sugiere que la ministra ha sido destituida para no dejar pruebas ni testigos.
Además, al pié de la imagen podemos leer una frase: “Las leyes se hacen orgánicas porque acaban putrefactas”, que desde luego es bastante crítica ya que no le confía un gran futuro.

Como podemos ver, esta imagen también se presenta contraria a la LOE, y quiere transmitirnos la idea de que es una ley absurda e inservible, “ya que el uso que le da el autor es bastante peculiar”.
En mi opinión, dicha ley tiene un propósito bueno, como es el de igualarnos al resto de los países, y creo que esto lo acabaremos agradeciendo en el caso de que alguna vez queramos impartir clases en otro país (a pesar de en nuestro caso, tener un año más de carrera).
En lo que se refiere a EDUCACIÓN INFANTIL, con la nueva ley, el aprendizaje de un idioma extranjero comienza a la edad de 5 años, y esto es primordial para los alumnos.
Sin embargo una de las cosas que no me parecen apropiadas de esta ley es la asistencia obligatoria, pues el que estudia una carrera lo hace porque el mismo quiere, y se puede suponer que tiene ya una edad y una madurez suficiente como para organizarse o planificarse él mismo sin necesidad de que se lo impongan, asumiendo las consecuencias.
Convierte a las universidades en colegios, quitándoles libertad a los alumnos y esto puede ser perjudicial para aquellos que sí desean ir a clase, puesto que no es lo mismo dar una clase a gente que de verdad quiere estar en ella, que a gente que está obligada a asistir.



AQUÍ DEJO UN CUADRO DONDE SE PUEDE OBSERVAR FACILMANTE LAS DIFERENCIAS DE OBJETIVOS GENERALES ENTRE LOGSE/LOE:

LOGSE RD1333/1991
LOE RD1630/2006
a. Descubrir, conocer y controlar progresivamente el propio cuerpo, formándose una imagen positiva de sí mismos, valorando su identidad sexual, sus capacidades y limitaciones de acción y expresión, y adquiriendo hábitos básicos de salud y bienestar.
b. Actuar de forma cada vez más autónoma en sus actividades habituales, adquiriendo  progresiva-mente seguridad afectiva y emocional, y desarrollando sus capacidades de iniciativa y confianza en si mismos.
c. Establecer relaciones sociales en un ámbito cada vez más amplio, aprendiendo a articular  progresivamente los propios intereses, puntos de vista y aportaciones con los de los demás.
d. Establecer vínculos fluidos de relación con los adultos y con sus iguales, respondiendo a los sentimientos de afecto, respetando la diversidad y desarrollando actitudes de ayuda y colaboración.
e. Observar y explorar el entorno inmediato con una actitud de curiosidad y cuidado, identificando las características y propiedades más significativas de los elementos que lo conforman y alguna de las relaciones que se establecen entre ellos.
f. Conocer algunas manifestaciones culturales de su entorno, mostrando actitudes de respeto, interés y participación hacia ellas.
g. Representar y evocar aspectos diversos de la realidad, vividos, conocidos o imaginados y expresarlos mediante las posibilidades simbólicas que ofrecen el juego y otras formas de representación y expresión.
h. Utilizar el lenguaje verbal de forma ajustada a las diferentes situaciones de comunicación habituales para comprender y ser comprendido por los otros, expresar sus ideas, sentimientos, experiencias y deseos, avanzar en la construcción de significados, regular la propia conducta e influir en la de los demás.
i. Enriquecer y diversificar sus posibilidades expresivas mediante la utilización de los recursos y medios a su alcance, así como apreciar diferentes manifestaciones artísticas propias de su edad.
a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
d) Desarrollar sus capacidades afectivas.
e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.
f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.
g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

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